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La sociedad de responsabilidad limitada, o simplemente sociedad limitada (SL), es una de las formas jurídicas más comunes y versátiles para la creación de empresas en España. Este tipo de sociedad ofrece una estructura adecuada para pequeñas y medianas empresas, protegiendo el patrimonio personal de los socios y limitando su responsabilidad al capital aportado. En este artículo, abordaremos los pasos necesarios para constituir una sociedad limitada en España, los requisitos legales, las ventajas y desventajas de esta forma societaria, así como aspectos clave del funcionamiento de una SL.
Una sociedad limitada es una entidad jurídica creada por uno o varios socios, cuya responsabilidad está limitada al capital que han aportado para la creación de la empresa. Esto significa que, en caso de deudas o problemas financieros, los socios no responden con su patrimonio personal, sino únicamente con el capital social que han invertido en la sociedad.
La SL es una forma jurídica muy flexible y especialmente atractiva para emprendedores, ya que combina seguridad financiera con una estructura de gestión relativamente simple. Además, permite a los socios mantener el control de la empresa, ya que la transmisión de las participaciones sociales está restringida, protegiendo de esta forma la entrada de terceros no deseados en la compañía.
Para constituir una SL en España, se deben seguir ciertos pasos legales, cumpliendo con una serie de requisitos. A continuación, se detallan los principales aspectos que deben tenerse en cuenta:
a) Número de Socios
Una sociedad limitada puede ser constituida por uno o varios socios. En el caso de que sea solo un socio, se denomina "sociedad limitada unipersonal". No existe un límite máximo en cuanto al número de socios, pero generalmente las SL están formadas por un número reducido de socios, lo que las diferencia de las sociedades anónimas.
b) Capital Social Mínimo
El capital social mínimo para constituir una sociedad limitada es de 3.000 euros, que debe ser desembolsado íntegramente en el momento de la constitución. Este capital puede ser aportado en dinero o en bienes, pero en todo caso, debe ser depositado en una cuenta bancaria a nombre de la sociedad antes de la inscripción en el Registro Mercantil.
No obstante lo anterior, conviene hacer especial mención al Boletín Oficial del Estado (BOE) del 29 de septiembre de 2022 donde se recoge la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, sobre la creación y crecimiento de empresas. Esta ley introduce diversas modificaciones en el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, con el objetivo de cambiar el capital mínimo necesario para constituir sociedades de responsabilidad limitada, que hasta la fecha era de 3.000 euros, reduciéndolo a 1 euro y fijando una serie de obligaciones especiales que procederán hasta que se alcance la cifra de capital mínima.
c) Denominación Social
El nombre de la sociedad debe ser único y no puede coincidir con el de otra empresa ya existente. Para verificar la disponibilidad del nombre, se debe solicitar un certificado de denominación social en el Registro Mercantil Central. Este trámite es obligatorio y garantiza que la denominación elegida no está siendo utilizada por otra sociedad.
d) Estatutos Sociales
Los estatutos sociales son el conjunto de normas que regirán el funcionamiento de la sociedad. Incluyen aspectos como el objeto social (actividad a la que se dedicará la empresa), el domicilio social, la estructura de los órganos de administración, las participaciones sociales y las reglas para la transmisión de las mismas, entre otros aspectos.
e) Escritura Pública
Una vez definidos los estatutos y cumplidos los requisitos anteriores, los socios deben acudir a un notario para formalizar la constitución de la sociedad mediante escritura pública. En la escritura constarán los datos de los socios, el capital social aportado, los estatutos de la sociedad y el nombramiento del órgano de administración.
f) Inscripción en el Registro Mercantil
Una vez otorgada la escritura pública, la sociedad debe ser inscrita en el Registro Mercantil de la provincia en la que tenga su domicilio social. La inscripción otorga a la SL personalidad jurídica plena, lo que significa que, desde ese momento, puede operar legalmente y realizar todo tipo de actos jurídicos.
La SL ofrece una serie de ventajas que la convierten en una de las formas más populares para la creación de empresas en España:
a) Responsabilidad Limitada
La principal ventaja de la SL es que la responsabilidad de los socios está limitada al capital que han aportado. Esto protege su patrimonio personal frente a posibles deudas o responsabilidades de la empresa.
b) Flexibilidad en la Gestión
La sociedad limitada es una estructura flexible y relativamente sencilla de gestionar. Los socios tienen un alto grado de control sobre la empresa y pueden adaptarla a sus necesidades mediante la modificación de los estatutos.
c) Menor Capital Social
En comparación con otras formas societarias, como la sociedad anónima, la SL requiere un capital social mucho más bajo (3.000 euros frente a 60.000 euros en una SA). Esto facilita la constitución de empresas con menos recursos iniciales.
d) Régimen Fiscal Favorable
Las sociedades limitadas están sujetas al Impuesto sobre Sociedades, cuya tasa general en España es del 25%. Además, las empresas de nueva creación pueden beneficiarse de un tipo reducido del 15% durante los dos primeros años de actividad con beneficios, lo que supone una ventaja fiscal importante.
A pesar de sus muchas ventajas, la sociedad limitada también presenta algunas desventajas que deben ser consideradas:
a) Limitación en la Transmisión de Participaciones
Una de las características de la SL es que las participaciones sociales no son libremente transmisibles. Para vender o transmitir participaciones a terceros, generalmente se requiere la aprobación de la junta de socios. Esto puede dificultar la entrada de nuevos inversores o la venta de la sociedad.
b) Menor Credibilidad para Grandes Proyectos
Aunque la SL es adecuada para pequeñas y medianas empresas, puede ser percibida como menos sólida que una sociedad anónima, especialmente cuando se trata de proyectos de gran envergadura o al buscar financiación a través de inversores externos.
c) Mayor Carga Administrativa
Aunque la SL es una forma societaria relativamente sencilla, sigue estando sujeta a ciertas obligaciones contables y fiscales, como la presentación de cuentas anuales ante el Registro Mercantil y el cumplimiento de las normativas tributarias aplicables. Esto puede suponer una carga administrativa significativa, especialmente para pequeñas empresas.
El funcionamiento de una sociedad limitada está regulado por los estatutos sociales y por la Ley de Sociedades de Capital, que establece las normas básicas de gestión y administración. A continuación, se describen algunos de los aspectos clave del funcionamiento de una SL:
a) Órgano de Administración
El órgano de administración de una SL puede ser un administrador único, varios administradores solidarios o mancomunados, o un consejo de administración. Los estatutos de la sociedad deben especificar el tipo de administración y las competencias del órgano de gestión.
b) Junta General de Socios
La junta general es el órgano soberano de la sociedad y se encarga de tomar las decisiones más importantes, como la aprobación de las cuentas anuales, el reparto de beneficios, la modificación de los estatutos o la disolución de la empresa. Las decisiones de la junta se adoptan por mayoría, según las reglas establecidas en los estatutos.
c) Distribución de Beneficios
Los beneficios obtenidos por la sociedad pueden ser distribuidos entre los socios en proporción a las participaciones sociales que posean. No obstante, la junta general puede decidir reinvertir parte o la totalidad de los beneficios en la empresa.
La sociedad limitada es una opción atractiva para aquellos que desean emprender un negocio en España, ya que ofrece una combinación equilibrada de protección patrimonial, flexibilidad y un régimen fiscal favorable. Constituir una SL implica seguir una serie de pasos legales, desde la elección de la denominación social hasta la inscripción en el Registro Mercantil, pero una vez cumplidos estos requisitos, la empresa puede operar de manera segura y eficiente. Aunque tiene algunas limitaciones, como la restricción en la transmisión de participaciones, sigue siendo una de las formas jurídicas más populares para las pequeñas y medianas empresas en España.
En ACTIOLEGE prestamos servicios de asesoramiento y constitución de sociedades mercantiles. Nos encargamos de todos los trámites necesarios para su constitución, inscripción y puesta en marcha.
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